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La Xunta publica las bases para solicitar el bono emancipante para menores de 36 años

Esta línea esta creada para sufragar los primeros gastos del hogar

FERROL 360 | Miércoles 29 de enero de 2025 | 7:45

El Bono Emancípate para la juventud abrirá el período de solicitudes el próximo 6 de febrero.

Tal y como se recoge en la convocatoria, los jóvenes menores de 36 años y con al menos una fuente regular de ingresos, podrán solicitar a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta esta ayuda para sufragar los primeros gastos que surgen al independizarse.

Por ejemplo, la adquisición de mobiliario o diversos artículos del hogar, hasta el 30 de abril, salvo que se produzca con anterioridad el agotamiento del crédito presupuestario asignado.

La Consellería de Cultura, Lingua y Xuventude destina un presupuesto de 2 M€ a esta línea de apoyo para la juventud que viene a complementar otras ayudas relacionadas con el precio de compra de un inmueble o el alquiler.

De este modo, el Gobierno gallego tiene como objetivo que la juventud cuente con un incentivo económico en su emancipación, ya sea en una vivienda alquilada, para lo cual opta a recibir 1.500€, o en propiedad, en cuyo caso las personas beneficiarias recibirán 3.000€.

Esta propuesta se suma a otras de carácter transversal en las que intervienen varios departamentos de la Administración autonómica como es la promoción de viviendas colaborativas para menores de 36 años que, además, desde este lunes también pueden solicitar las ayudas de la Xunta para adquirir vivienda protegida.

Requisitos a tener en cuenta

Al Bono Emancípate pueden acceder las personas entre los 18 y 35 años, ambos incluidos, con nacionalidad española o de algún de los Estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Asimismo, las personas extranjeras no comunitarias deberán estar en situación de estancia o residencia regular en España.

Otra de las condiciones relevantes tiene que ver con la situación económica. De este modo, las personas solicitantes deberán disponer de, al menos, una fuente regular de ingresos en el momento de la solicitud y se tendrá en cuenta la suma de los ingresos en caso de que existan varias fuentes.

En este sentido, el cómputo de los ingresos varía según se trate de una unidad de convivencia, para lo cual la suma de los ingresos anuales de los componentes deberá ser igual o inferior a cuatro veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Si se trata de una única persona, situación en la que la suma de sus ingresos anuales será igual o inferior a tres veces el IPREM. Ambos requisitos tienen variantes cuando se trata de personas con alguna discapacidad.

Además, los interesados deberán tener en cuenta también que para optar a las ayudas todas las personas de la unidad de convivencia deben estar empadronadas en la vivienda, ya sea alquilada o en propiedad. En el caso del alquiler, los contratos deben ser de al menos un año con posterioridad al mes de mayo de 2024.

Funcionamiento del Bono

Una vez finalizados los plazos concedidos y comunicadas las ayudas, las personas beneficiarias podrán hacer uso de la cantidad recibida a través de una tarjeta monedero virtual expedida a su nombre y que dejará de ser válida desde el 31 de diciembre de 2025.

Con ella, podrán realizar sus compras en comercios especializados, grandes superficies, empresas de mudanzas, gestorías y notarías que tengan establecimiento abierto en Galicia, por lo que no será aceptada para compras a distancia.