FERROL360 | Jueves 28 abril 2016 | 13:54
Conocida la sentencia del Tribunal Supremo sobre la autorización del proyecto de ejecución de Reganosa, la firma aclara que ese permiso «es la segunda fase del procedimiento autorizatorio de la regasificadora según la legislación sectorial de hidrocarburos». Así, alude a «la fase que se tramita a continuación del otorgamiento de la autorización administrativa previa».
En un comunicado, recuerda que «esta decisión ya había sido adelantada por los medios de comunicación a principios de abril». Sostiene que esta «sentencia es una continuación de otra del 28 de marzo de 2016 de la misma sala del Tribunal Supremo, que enjuició la autorización administrativa de la planta».
Estima que «el fallo de 28 de marzo declaró que la instalación cumplía las normas técnicas y de seguridad aplicables y que había seguido una tramitación ambiental correcta». Sin embargo, «anuló la autorización previa» al considerar que «en su momento no se habría cumplido el requisito de adecuación a las normas de ordenación del territorio».
Planeamiento
En todo caso, cree que «reconocía la existencia de una nueva disposición de planeamiento urbanístico que actualmente ya presta cobertura a la planta». A juicio de Reganosa, «la sentencia de 25 de abril de 2016 reitera el pronunciamiento anterior para declarar que la cuestión urbanística afectaría también a la autorización del proyecto de ejecución».
Matiza que «la anulación de la autorización previa comporta que el segundo permiso quede sin cobertura jurídica». Para la compañía, «al reiterar el pronunciamiento anterior, el Tribunal Supremo también insiste en que se encuentra en vigor una modificación puntual del planeamiento urbanístico, confirmada por el TSXG el 23 de diciembre de 2015».
Finaliza señalando que esta «deberá tenerse en cuenta sin duda con ocasión de la nueva solicitud que se presente por parte de Reganosa para ordenar su situación administrativa».