FERROL 360 | Jueves 13 de marzo de 2025 | 11:00
Ferrol ha aprobado el protocolo de adhesión a la Red Gallega de Acogida. El objetivo de este protocolo es establecer el procedimiento de adhesión de los centros de acogida a la Red Gallega de Acogida, entre los que se encuentra la Casa de Acogida de Ferrol, para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.
«Este protocolo nos permitirá desarrollar un modelo de comunicación directa entre los organismos competentes en esta materia y fijar el procedimiento de derivación de personas usuarias entre distintos centros de la red», afirmó el alcalde de Ferrol, José Manuel Rey Varela.
Ferrol cuenta desde 1986 con una Casa de Acogida para mujeres en situación de violencia de género. En mayo de 2016 se firmó con la Secretaría General de Igualdad de la Xunta de Galicia el Protocolo de adhesión a la Red Gallega de Acogida para las mujeres que sufren violencia de género, y ahora Ferrol asume el compromiso de unirse al Protocolo de acceso a la Red Gallega de Acogida.
La Casa de Acogida de Ferrol tiene entre sus principios de actuación prestar una atención integral, personalizada, ágil e inmediata a las mujeres víctimas de violencia de género y a los menores a su cargo, garantizando la confidencialidad, protección y seguridad, así como el respeto a la intimidad y dignidad de las víctimas.
Estos protocolos también permiten una coordinación de las actuaciones de las distintas Administraciones, entidades y agentes que intervienen en una situación de violencia de género. Los centros de acogida adheridos a la Red Gallega de Acogida asumirán el compromiso de garantizar la prestación de un servicio de atención continuada e ininterrumpida las 24 horas del día, los 365 días del año.
También tramitar las solicitudes de acceso en el plazo más breve posible y, preferiblemente, dentro de las ocho horas siguientes a la recepción de la solicitud y de la documentación complementaria.
Asimismo, deberán tener actualizada la información sobre la disponibilidad de plazas en la aplicación informática creada para tal efecto y volver a acoger a la mujer durante los seis meses siguientes a una derivación, en caso de que el nuevo recurso no se adecúe a las necesidades de la mujer.
Además, el centro coordinador de la Red Gallega de Acogida deberá facilitar a la entidad derivante toda la información necesaria sobre los centros de acogida y sus características, para facilitar la elección de la solicitante.
Será obligación de la entidad derivante informar a la solicitante sobre las características del centro de acogida, en concreto sobre su reglamento de funcionamiento interno y sus derechos y obligaciones como usuarias.
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