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La Xunta flexibiliza las condiciones para atender las fincas de autoconsumo

FERROL360 | Martes 28 abril 2020 | 18:58

El Diario Oficial de Galicia publica este martes una orden de la Consellería de Medio Rural por la que se suavizan y flexibilizan las condiciones para atender las fincas de autoconsumo. Esta norma modifica las restricciones de movilidad establecidas el pasado 24 de matzo por la emergencia sanitaria.

La actual situación, explica la Xunta, permite modificar alguna de las medidas y la principal novedad será la eliminación de la limitación de 500 metros para atender que los cultivos o viñedos considerados de autoconsumo, es decir, con fines no comerciales.

De esta forma, las personas que tengan una finca y que no desarrollen una actividad profesional agraria podrán realizar los desplazamientos mínimos e imprescindibles para el mantenimiento y atención de sus cultivos.

No habrá restricciones si la parcela se encuentra dentro del municipio de la residencia habitual. En caso de que la huerta esté en una localidad diferente a la de la vivienda, se permite el desplazamiento sin superar nunca los cinco kilómetros de distancia desde la casa.

Sin embargo, se mantiene la restricción de que no podrá haber más de dos personas en la finca, las cuales deberán respetar en todo momento las distancias de seguridad y demás protocolos de prevención establecidos por la autoridad sanitaria.

Acreditación de desplazamiento

Para acreditar la necesidad de desplazamiento deberá presentarse una declaración responsable, que comprenda las fincas en las que se lleva a cabo la actividad. Debe incluir la identificación de la parcela, así como el tipo de cultivos que se realizan.

En el caso de tratarse de cultivos ecológicos, la declaración incluirá también que no se emplean tratamientos fitosanitarios y que, por lo tanto, se carece del carnet de aplicador/manipulador de estos productos. Sin embargo, la persona que sí emplea este tipo de productos podrá presentar también el carnet como suplemento adicional a esta declaración responsable.

Además, en el documento, la persona deberá declarar responsablemente que lleva desplazándose de manera habitual a la finca por lo menos durante el último año para la realización de actividades agrarias de autoconsumo. En este sentido, la administración podrá realizar las oportunas comprobaciones, controles e inspecciones para verificar el contenido de la declaración responsable.