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Estado de alarma y toque de queda entran en vigor: así se detalla en el BOE

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras el Consejo de Ministros de este domingo (foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa)

FERROL360 | Domingo 25 octubre 2020 | 21:40

Un Consejo de Ministros extraordinario celebrado este domingo en el Palacio de La Moncloa ha permitido declarar un nuevo estado de alarma ante la covid-19, cuyas medidas se publicaban en la tarde de esta misma jornada en el Boletín Oficial del Estado. Este período podría prolongarse hasta el próximo 9 de mayo.

Las comunidades autónomas asumirán las competencias y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud adaptará las iniciativas al desarrollo de la pandemia. La principal de las mismas contempla la restricción de la movilidad nocturna o toque de queda entre las 23:00 y las 06:00 horas.

Únicamente se podrá permanecer en la calle para adquirir medicamentos o productos sanitarios y de primera necesidad, acudir a centros y servicios médicos o asistir a instalaciones de veterinaria por motivo de urgencia. Como excepciones, también figura el «cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales».

Medidas

Además, figura el regreso al domicilio tras estas actividades o la asistencia a mayores, menores, dependientes o personas «con discapacidad o especialmente vulnerables». Finalmente, se alude a causas de fuerza mayor o de necesidad, otras actividades similares debidamente acreditadas o ir a repostar a una gasolinera si hay que acudir a alguno de los lugares citados.

El Estado también restringe «la entrada y salida de cada comunidad autónoma salvo para desplazamientos adecuadamente justificados» por motivos concretos. Junto a las excepciones mencionadas en el apartado anterior, en este caso también se apunta a asistencia a centros educativos, o acudir a entidades financieras y de seguros o gasolineras limítrofes.

Del mismo modo, se incluyen las «actuaciones requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales», exámenes o pruebas oficiales inaplazables o trámites administrativos de urgencia. Entre otras medidas, se restringen las reuniones entre personas no convivientes, ya limitadas en Galicia, que podrá matizar el horario del toque de queda.