FERROL360 | Domingo 6 marzo 2016 | 14:11
La Audiencia Provincial de A Coruña ha revocado la sentencia condenatoria contra los arquitectos técnicos del Concello de Ferrol María del Mar Piñeiro y David Couselo, referida al accidente laboral de noviembre del 2010 en el Sánchez Aguilera. Un operario se precipitó desde una altura de tres metros al retirar uralita en el antiguo cuartel.
Condenados por el juzgado de lo Penal número 2 de Ferrol a 14 meses de cárcel e inhabilitación especial, se les consideró culpables de un delito de lesiones por imprudencia grave desde su condición de profesionales. Ahora estima la Audiencia su recurso de apelación y cree que no hay datos que demuestren su culpabilidad.
Así, subraya que no se ha acreditado que entre sus funciones figurase la de supervisar aquella obra, una actuación de recuperación de fachada y cubierta del principal inmueble del recinto que fue impulsada por el Concello. Inspección de Trabajo la paralizó tras el suceso. La respuesta judicial remarca que el Ayuntamiento incumplió las normas de seguridad y salud aplicables.
Acusados
Sin embargo, descarta que los acusados impartiesen órdenes directas para realizar el proyecto o coordinasen su dirección ejecutiva. Asimismo, apunta que no por ser arquitectos técnicos municipales se les puede atribuir una responsabilidad por hechos ejecutados por un contratado laboralmente por el órgano administrativo.
No en vano, asegura que no se acredita su condición de superiores jerárquicos o su designación como supervisores del desarrollo de los trabajos. Sobre Francisco José Manzano, también arquitecto técnico y que igualmente apeló, la Audiencia únicamente acepta una reducción de pena al acatar de forma parcial su tesis.
Observa que cometió una falta de imprudencia leve, ahora despenalizada, por lo que rebaja la pena a seis meses de prisión y multa de 10 euros diarios durante seis meses, prescindiendo de la condena de inhabilitación especial. Sí persisten los cargos por responsabilidad civil de los que ahora quedan exentos los arquitectos.