MARTA CORRAL | Miércoles 28 agosto 2013 | 14:18
Cada vez somos más los que elegimos a compañeros peludos de cuatro patas para compartir nuestro día a día. De un tiempo a esta parte, podemos ver cómo aumenta el número de perros en nuestras ciudades, surgiendo nuevas necesidades de equilibrio entre hombre y animal.
En Ferrol, la normativa municipal hasta ahora vigente en materia de animales de compañía data de 1997, con lo que es necesario ir a las normativas estatales y autonómicas para dar cabida a esas ‘nuevas necesidades’.
El pasado miércoles 21 de agosto, la comisión informativa de Medio Ambiente, Urbanismo, Servicios y Seguridad del Concello de Ferrol abordaba el borrador de la futura Ordenanza Municipal sobre la Protección y Tenencia de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos. Tras la comisión, los socialistas ferrolanos, presentaron un total de 59 enmiendas al borrador.
Como principal novedad, la creación de un registro censal municipal de animales de compañía, en el que tendrán que ser inscritos todos los animales y que tendrá carácter gratuito.
Repasamos otras de las medidas que propone el borrador, incorporando las propuestas más relevantes de los socialistas ferrolanos.
¿Qué estará prohibido para los propietarios de animales de compañía?
-El maltrato físico o psicológico a un animal doméstico, el abandono o la utilización de correas y collares que le produzcan daños.
-Además de lo anterior, también estará penado el no administrar comida y bebida suficientes y no llevarlo al veterinario cuando lo necesite.
-También estará prohibido tener animales en garajes, patios de luces y balcones y dejarlos en vehículos más de cuatro horas -el PSOE propone reducirlo a 2 horas-.
–Alimentar continuamente a animales abandonados, sin notificar su presencia a las autoridades locales tampoco está permitido, al igual que la venta ambulante de animales, su exposición o uso en actividades públicas sin permiso.
-Las peleas de animales, la mutilación sin indicación veterinaria o el sacrificio de animales al margen de la normativa vigente en Galicia será penado.
-La circulación y conducción de los animales de abasto y los vehículos de tracción animal por la vía pública, salvo autorización.
-El no recoger las deposiciones en la vía pública y alimentar a los animales en la calle, además del adiestramiento de perros para actividades ataque o defensa en lugares públicos.
¿Cómo actuará el Concello de Ferrol con los animales abandonados?
Los animales serán recogidos por los servicios municipales o por otras entidades locales, en colaboración con el Concello.
Si el animal está registrado -tiene microchip-, se le notificará a los propietarios, que tendrán 10 días para recuperarlo; si no lo recogen, el animal estará considerado como abandonado y serán sancionados, perdiendo todo derecho sobre él.
Si los dueños acuden a la llamada del centro para recoger a su animal, podrían tener que pagar unas tasas para cubrir gastos de recogida.
¿Dónde no podremos entrar con ellos?
-En locales destinados a la venta, fabricación o almacenaje de alimentos.
-En parques infantiles y en zonas acotadas de jardines, además de fuentes o estanques públicos.
-En establecimientos públicos, salvo autorización.
-En establecimientos de hostelería en los que el propietario lo prohíba expresamente.
-En los taxis en los que su conductor lo prohíba.
-En el transporte público, si no va dentro de un transportín. Una de las propuestas del Partido Socialista de Ferrol a este borrador pide que animales que no quepan en estos ‘cajones de transporte’ puedan viajar también con correa en ellos y que no se tenga que pagar un suplemento por mascota.
Además, los perros de asistencia -perros lazarillos y otros-, podrán acompañar siempre a su dueño.
¿Podremos ir con nuestro perro a la playa?
El borrador de la Ordenanza Municipal recoge que estará prohibido «circular o permanecer con animales domésticos desde el 31 de marzo hasta el 1 de noviembre».
Los socialistas ferrolanos proponen dejar este punto como estaba recogido en la Ordenanza de Playas del 2008, que sólo prohíbe el acceso de animales a playas desde el 1 de junio hasta el 15 de septiembre, en temporada de baño, y anima al Concello a habilitar una playa para perros.
Preguntado por este periódico, el concejal de Servicios y Medio Ambiente, Borja Carro, manifestó la voluntad del gobierno de profundizar en este tema y buscar soluciones equilibradas para todos, para los dueños de animales y para los bañistas que no vayan acompañados por mascotas.
Esas soluciones pasan por replantearse la prohibición tan estricta del acceso a playas -sólo durante cinco meses al año podríamos ir con animales a los arenales- y por destinar una playa en la que puedan entrar perros.
Borja Carro admite que es muy complicado elegir una playa o acotar una zona de playa para ese uso, por lo que posiblemente se hará de cara al verano que viene, ya que supondría estudiar a fondo las posibilidades de los arenales de la ciudad, para que nadie se vea perjudicado.

¿Dónde podremos estar con nuestra mascota?
Según compartió con nosotros Borja Carro, la voluntad del Concello es habilitar parques caninos en diversas zonas de la ciudad. Hoy sólo existe uno, contiguo al Parque de Pablo Iglesias, que se queda muy pequeño para la cantidad de perros que acuden a él.
Borja Carro reconoce que sería muy difícil habilitar una zona canina por cada barrio, pero sí se intentará abrir el mayor número posible. Canido puede ser uno de los primeros barrios en contar con zona canina.
Estos espacios estarán delimitados y, en la medida de lo posible, cercados; para evitar fugas y pérdidas. Allí, los dueños serán los responsables de velar por sus perros -que podrán estar sin correa-, evitar peleas y recoger los excrementos.
¿Cuáles serán los perros considerados potencialmente peligrosos?
Las razas que el Concello de Ferrol considerará peligrosas son -puras o cruces de primera generación, cruces de estas razas entre sí o de estas con otras razas-:
Akita Inu, American Terrier Staffordshire, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Dogo del Tíbet, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, Presa Canario, Presa Mallorquín, Rottweiler. Staffordshire Bull Terrier y Tosa Inu.
También considera peligrosos a los perros adiestrados para ataque y defensa y a los animales que tuvieran algún episodio violento con personas, cosas o animales; siempre excluyendo a los animales de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
¿A qué estarán obligados los propietarios de perros potencialmente peligrosos?
Lo primero: a sacarse una licencia.
Para sacarla, deberán: ser mayores de edad y no estar incapacitados, no tener antecedentes penales graves, poseer un certificado de aptitud psicológica, tener un seguro de responsabilidad civil a terceros y poder darle al perro un entorno seguro, para evitar fugas.
Esta licencia será renovada cada cinco años y puede ser anulada si se incumple alguna de las condiciones. Si se anula la licencia, se perderán los derechos sobre el animal y tendrá 10 días para sacarse de nuevo la licencia y recuperarlo.
Lo segundo: inscribir al animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos, antes de 15 días desde la obtención de la licencia y su alta en el REGIAC (Rexistro de Identificación de Animais de Compañía).
Lo tercero es tomar las medidas necesarias para evitar problemas.
Evitar que el perro se escape y, durante el paseo, cumplir las siguientes condiciones:
Llevar un bozal apropiado a su raza y tamaño, llevar collar -que no le provoque lesiones- y correa no extensible, llevar la licencia y los documentos del perro, ser mayor de 18 años y no llevar más de un perro potencialmente peligroso por persona.
¿Cuáles serán las sanciones por el incumplimiento de la Ordenanza?
Las sanciones están divididas entre leves, graves y muy graves; dependiendo del grado de incumplimiento de la Ordenanza o la reiteración en las infracciones.
Es decir, se clasificarán dependiendo de: la gravedad del hecho, la intencionalidad, los perjuicios causados, la reincidencia y la reiteración de los actos.
El importe de las sanciones irá de 60 a 15.000 euros. Siendo las infracciones leves sancionadas de 60 a 300 euros, las graves de 301 a 3.000 euros y las muy graves de 3.001 a 15.000 euros.
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